Un ciudadano español de origen argentino nacionalizado por la llamada ley de nietos ha presentado un escrito de adhesión al recurso de amparo del Defensor del Pueblo ante el Tribunal Constitucional para poder...
Un ciudadano español de origen argentino nacionalizado por la llamada ley de nietos ha presentado un escrito de adhesión al recurso de amparo del Defensor del Pueblo ante el Tribunal Constitucional para poder votar en las elecciones generales del 29 de noviembre. El particular, representado por el despacho del exjuez Baltasar Garzón, reclama que el tribunal de garantías suspenda de urgencia las medidas cautelares acordadas por el Supremo, que afectan a 163.020 votantes incorporados al CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes), al amparo de esa norma.
El escrito de defensa, al que ha tenido acceso EL PAÍS, pide al Constitucional que admita la demanda y adopte medidas cautelarísimas para evitar que la suspensión impida a los afectados ejercer su derecho al voto. El argumento central de la defensa es el de la irreversibilidad: si los nacionalizados no pueden votar el 29 de noviembre, una eventual sentencia favorable dictada meses después no les devolverá la oportunidad de participar en esos comicios. El daño, sostiene, se habrá consumado antes de que la justicia llegue a pronunciarse sobre el fondo del asunto. Por ello, considera que las “medidas cautelarísimas solicitadas por el Defensor del Pueblo son imprescindibles y son el único cauce legal para garantizar el ejercicio del derecho de sufragio activo”.
El despacho sostiene que corresponde al Tribunal Constitucional pronunciarse “por tratarse de una demanda de amparo frente a resoluciones judiciales firmes, dictadas en el marco de piezas separadas de medidas cautelares en sendos recurso contencioso- administrativos ante la Sala Tercera (Secc. 4ª) del Tribunal Supremo”. La defensa considera que la firmeza de esos autos justifica la intervención del tribunal de garantías, pese a las dudas sobre si se han agotado todas las vías de la justicia ordinaria.
También subraya que el afectado ya había ejercido sus derechos políticos como ciudadano español. En mayo de 2026 participó en las elecciones al Consejo de Residentes Españoles en el Extranjero (CRE), un antecedente que el escrito incorpora para acreditar que su vinculación con la vida política española no es una expectativa futura, sino un derecho que ya ha ejercido.
Pero el alcance de la controversia va mucho más allá de un caso individual. Según la defensa, las medidas pueden afectar a todos los inscritos en el CERA que se hayan beneficiado de la ley nietos. Por eso, el despacho se adhiere a los argumentos del Defensor del Pueblo y sostiene que el asunto reviste una especial trascendencia constitucional: lo que está en juego no es únicamente la situación de un ciudadano, sino la posibilidad de que miles de españoles residentes fuera del país participen en las próximas elecciones generales.
La defensa considera que el recurso del Defensor del Pueblo ha llegado en el momento procesal “adecuado” y que las medidas cautelarísimas constituyen “la única vía” para evitar que el calendario electoral convierta una eventual victoria judicial en una reparación inútil. El escrito cuestiona, además, la utilidad del trámite abierto por el Supremo para que los afectados puedan personarse en el procedimiento. Ese margen de actuación, afirma, “no es más que papel mojado”, porque no permitirá alterar las restricciones ya acordadas en los autos del 10 de septiembre y ratificadas el 12 de octubre. De ahí la petición de una intervención urgente del Constitucional antes de que el derecho al voto quede definitivamente comprometido en la práctica.
El Defensor del Pueblo, que desde 2021 es el exministro de Educación socialista, Ángel Gabilondo, pidió el viernes pasado al Constitucional que suspenda los autos del Supremo por la vía de una “medida cautelarísima”. Esto es, sin escuchar a las partes, o que, en todo caso, lo haga por la vía ordinaria. Su recurso denuncia la posible vulneración de tres derechos fundamentales: la participación política, la igualdad y la tutela judicial efectiva. La institución considera que se trata de una situación inédita cuya dimensión justifica la intervención del Constitucional.
La respuesta está prevista para este miércoles. La admisión del recurso, cuya ponencia había recaído por reparto en el magistrado conservador Enrique Arnaldo, se debatirá finalmente en el Pleno del Constitucional, después de que la Sala Segunda solicitara que el asunto fuera elevado al conjunto del tribunal por su especial trascendencia. Los 12 magistrados del Pleno, donde los progresistas conforman una mayoría de 7 a 5, deberán resolver primero si el recurso es prematuro, porque aún no se han agotado todas las vías de la justicia ordinaria —el Supremo, que fue quien suspendió el derecho al voto de los nacionalizados, mantiene abierto el procedimiento y dio un plazo de cinco días para que los afectados puedan personarse—; o si entran en el fondo del asunto, dado que los autos del Supremo son firmes y no cabe recurso contra ellos, informa Braulio García Jaén.



